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Modelo Contrato de Servicios Profesionales (Abogado y Cliente)

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES
Entre los suscritos a saber: OSCAR ENRIQUE RUBATTINO MONTENEGRO, con cédula de Identidad Personal, 4-729-391, varón, panameño, mayor de edad, con domicilio en la Provincia de Chiriquí, Distrito de Bugaba, Corregimiento de La Concepción, Barrio de Solano, con residencia al lado de la Subestación de Policía de Solano; obrando en su propio nombre y representación y quién para efectos del mismo se denomina EL CLIENTE, y el LICENCIADO LUIS ALBERTO ESPINOSA PINTO, en ejercicio y apto para ejercer la Profesión de Abogado en todo el Territorio Nacional, con oficinas profesionales ubicadas en el Distrito de Bugaba, corregimiento de La Concepción, Barrio de Solano, casa 4004, calle décima norte, lugar donde recibe notificaciones personales y judiciales, con correo electrónico laep2013@hotmail.es y número de teléfono profesional 6361-9633, jurídicamente hábil, quien obra en su condición de Abogado Titulado y con Idoneidad expedida por la Corte Suprema de Justicia  de la de la República de Panamá  y quién para efectos del presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES se denomina EL ABOGADO, de una parte, y de la otra hemos celebrado el presente contrato de prestación de servicios profesionales, previas las siguientes consideraciones:

1. Que, EL CLIENTE es su deseo, su voluntad, que EL ABOGADO, le redacte,  imprima escritos y libelos, acuda a la Personería Segunda Municipal y al Juzgado de la Niñez y Adolescencia a fin de obtener los siguientes derechos en el caso de DELITO CONTRA EL PATRIMONIO (DAÑOS) en contra de EDWIN GABRIEL GONZÁLEZ CASAZOLA, con cédula de identidad personal 4-738-985, residente en, EN LA PROVINCIA CHIRIQUÍ, DISTRITO DE BUGABA, CORREGIMIENTO DE SANTA MARTA Y teléfono 6584-0100.
Así como también en una solicitud de ampliación del Régimen de Comunicación y Visitas obtener el aumento de un días más (Viernes en la Noche y Regresar a su Hija GIDALTY BELÉN RUBATTINO GONZÁLEZ el Domingo en la Tarde donde su Madre VIELNA VIDAL IBARRA CONZÁLEZ).
2. Que, para el asunto anteriormente descrito se requiere de un profesional en el área del Derecho, para que ejerza sus funciones como tal.
3. Que, EL ABOGADO, cuenta con  la preparación  para desarrollar tal actividad.
4. Que, EL ABOGADO, declara bajo gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad constitucionales y legales.
5. Que, teniendo en cuenta las anteriores consideraciones se procede a la suscripción y perfeccionamiento del presente contrato, el cual se regirá en especial por las cláusulas que a continuación se expresan y en general por las disposiciones del Código Civil, aplicables a la materia que versa este acuerdo de voluntades:
DEL ABOGADO

PRIMERA: OBJETO: EL ABOGADO, se obliga para con EL CLIENTE, a prestar sus servicios profesionales, como ABOGADO TITULADO E INSCRITO EN PLENO EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, para el asunto indicado en las consideraciones.

SEGUNDA: OBLIGACIONES GENERALES DE EL ABOGADO:
Constituyen obligaciones de EL ABOGADO:
            a) Cumplir con la prestación del servicio convenido.
            b) Para el desarrollo de la gestión EL ABOGADO, actuara en forma independiente  y acorde         con la disponibilidad que le exija el cumplimiento del contrato.
            e) EL ABOGADO, conservando su autonomía e iniciativa en las gestiones profesionales y             actividades encomendadas, respetará la Constitución, y demás normas, leyes y reglamentos de la        República aplicables al objeto de este contrato.
            d) El ABOGADO Velará para que en forma eficiente, diligente y responsable atienda                    todas las actuaciones necesarias y dentro de los términos de Ley.

TERCERA: LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EL ABOGADO:
            Serán obligaciones de EL ABOGADO:
            a) Cumplir profesionalmente los servicios contratados.
            b) Comunicara EL CLIENTE en forma oportuna los documentos, fotocopias, pruebas y     demás que deba entregar  EL ABOGADO para el fiel cumplimiento de sus actividades          encomendadas y        contratadas.
            c) Mantener informado a EL CLIENTE de las actuaciones realizadas y de su presencia       cuando             hubiere tal urgencia.
d) Actuar en el proceso judicial  por etapas en           proceso en  primera instancia             y por la gestión, acompañamiento o diligencia judicial o         extrajudicial que se explica en las consideraciones.

CUARTA: VALOR Y FORMA DE PAGO: EL CLIENTE, pagará por concepto de honorarios la suma de Cuatrocientos Cincuenta Balboas  (B/450.00), cancelados en cuotas parciales quincenales de Cincuenta Balboas  (B/50.00), por la realización de las actividades contratadas, con recursos propios o recursos profesionales comerciales. Este arreglo o forma de pago solo es en la actuación en la Fase de Investigación (Personería Segunda Municipal del Distrito de Bugaba), en caso de que se remite la el proceso ante la vía judicial o Juzgado, los Honorarios  aumentarán  mil ciento cincuenta. B/.1150.00).  EL CLIENTE REALIZÓ UN ABONO DE CIEN BALBOAS (B/100.00).

QUINTA: DURACIÓN: El presente contrato tendrá una duración DEFINIDA, SI EL CLIENTE Y ABOGADO ESTIMEN CONVENIENTE CONTINUAR CON LOS SERVICIOS PROFESIONALES DEL ABOGADO EN LA ETAPA JUDICIAL (JUZGADO MUNICIPAL),  hasta que se cumpla lo términos pactados en el tiempo, a partir de la fecha de su firma.

DEL CLIENTE

SEXTA: GASTOS INCURRIDOS EN EL PROCESO. EL CLIENTE pagará en forma anticipada los valores entendidos por concepto de fotocopias, gastos notariales o cualquier otro tipo de gastos que surgen en el proceso y las diligencias. En el caso de hacer diligencias relacionadas con el asunto fuera del país o en el exterior, los gastos, honorarios, viáticos, hospedaje y alimentación serán pagados o entregados a EL ABOGADO mucho antes de iniciar el viaje. Todos los gastos, viáticos y honorarios que conllevan la realización de diligencias judiciales, peritajes, inspecciones judiciales, pruebas anticipadas, apostillas de documentos en otra ciudad o en el exterior también serán a cargo de EL CLIENTE.
.SÉPTIMA: EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: Este contrato no constituye vinculación laboral alguna de EL CLIENTE con  EL ABOGADO.

OCTAVA: CLÁUSULA DE INCUMPLIMENTO DE CONTRATO: En caso de incumplimiento por parte de EL CLIENTE, ello será motivo suficiente para renunciar como apoderado o abogado asistente o asesor, y en consecuencia EL CLIENTE pagará a EL ABOGADO la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato; valor entendido que podrá hacerse efectivo mediante UN PROCESO EJECUTIVO JUDICIAL O EN PAGO EN EFECTIVO DE CANCELACIÓN DE LOS HONORARIOS.

NOVENA: TERMINACIÓNANTICIPADA: La terminación anticipada de este contrato procede:
            a)         Por mutuo acuerdo.
            b)         Por incumplimiento de las obligaciones pactadas, por una o cualesquiera de las partes                                contratantes.
            c)         Por falta de Pago de los Honorarios por parte del CLIENTE.
DÉCIMA: PERFECCIONAMIENTO:
           
El presente contrato queda perfeccionado con la firma de este documento. Es válido lo escrito en el texto. Para constancia se firma en la ciudad de la REPÚBLICA DE PANAMÁ  (Provincia de) Chiriquí (Corregimiento de) La Concepción .a los (     ) días del mes de enero del año 2014). A la hora de (   )  Es todo. El Cliente: El Abogado:


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Firma del Abogado                                                     Firma del Cliente
C.I.P…………………….                                            Cédula de Identidad (C.I.P.) No...............
Número de Idoneidad:.................

2 comentarios:

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