CONTRATO DE
SERVICIOS PROFESIONALES
Entre los suscritos a saber: OSCAR
ENRIQUE RUBATTINO MONTENEGRO, con cédula de Identidad Personal,
4-729-391, varón, panameño, mayor de edad, con domicilio en la Provincia de
Chiriquí, Distrito de Bugaba, Corregimiento de La Concepción, Barrio de Solano,
con residencia al lado de la Subestación de Policía de Solano; obrando en su
propio nombre y representación y quién para efectos del mismo se denomina EL
CLIENTE, y el LICENCIADO LUIS ALBERTO
ESPINOSA PINTO, en ejercicio y apto para ejercer la Profesión de Abogado en
todo el Territorio Nacional, con oficinas profesionales ubicadas en el Distrito
de Bugaba, corregimiento de La Concepción, Barrio de Solano, casa 4004, calle
décima norte, lugar donde recibe notificaciones personales y judiciales, con
correo electrónico laep2013@hotmail.es y número de teléfono profesional
6361-9633, jurídicamente hábil, quien obra en su condición de Abogado Titulado
y con Idoneidad expedida por la Corte Suprema de Justicia de la de la República de Panamá y quién para efectos del presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PROFESIONALES se denomina EL ABOGADO, de una parte, y de la otra hemos
celebrado el presente contrato de prestación de servicios profesionales,
previas las siguientes consideraciones:
1. Que, EL CLIENTE es su deseo, su voluntad, que EL ABOGADO, le
redacte, imprima escritos y libelos,
acuda a la Personería Segunda Municipal y al Juzgado de la Niñez y Adolescencia
a fin de obtener los siguientes derechos en el caso de DELITO CONTRA EL
PATRIMONIO (DAÑOS) en contra de EDWIN GABRIEL GONZÁLEZ CASAZOLA, con cédula de
identidad personal 4-738-985, residente en, EN LA PROVINCIA CHIRIQUÍ, DISTRITO
DE BUGABA, CORREGIMIENTO DE SANTA MARTA Y teléfono 6584-0100.
Así como también en una solicitud de ampliación del Régimen de
Comunicación y Visitas obtener el aumento de un días más (Viernes en la Noche y
Regresar a su Hija GIDALTY BELÉN RUBATTINO GONZÁLEZ el Domingo en la Tarde
donde su Madre VIELNA VIDAL IBARRA CONZÁLEZ).
2. Que, para el asunto anteriormente descrito se requiere de un
profesional en el área del Derecho, para que ejerza sus funciones como tal.
3. Que, EL ABOGADO, cuenta con la
preparación para desarrollar tal
actividad.
4. Que, EL ABOGADO, declara bajo gravedad del juramento que no se
encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad
constitucionales y legales.
5. Que, teniendo en cuenta las anteriores consideraciones se procede a
la suscripción y perfeccionamiento del presente contrato, el cual se regirá en
especial por las cláusulas que a continuación se expresan y en general por las
disposiciones del Código Civil, aplicables a la materia que versa este acuerdo
de voluntades:
DEL ABOGADO
PRIMERA: OBJETO: EL ABOGADO, se obliga para
con EL CLIENTE, a prestar sus servicios profesionales, como ABOGADO TITULADO E
INSCRITO EN PLENO EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, para el asunto indicado en las
consideraciones.
SEGUNDA: OBLIGACIONES GENERALES DE EL
ABOGADO:
Constituyen obligaciones de EL ABOGADO:
a) Cumplir con la
prestación del servicio convenido.
b) Para el desarrollo
de la gestión EL ABOGADO, actuara en forma independiente y acorde con
la disponibilidad que le exija el cumplimiento del contrato.
e) EL ABOGADO,
conservando su autonomía e iniciativa en las gestiones profesionales y actividades encomendadas, respetará
la Constitución, y demás normas, leyes y reglamentos
de la República aplicables al
objeto de este contrato.
d) El ABOGADO Velará
para que en forma eficiente, diligente y responsable atienda todas
las actuaciones necesarias y dentro de los términos de Ley.
TERCERA: LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EL
ABOGADO:
Serán obligaciones de
EL ABOGADO:
a) Cumplir
profesionalmente los servicios contratados.
b) Comunicara EL CLIENTE en forma oportuna los
documentos, fotocopias, pruebas y demás
que deba entregar EL ABOGADO para el
fiel cumplimiento de sus actividades encomendadas
y contratadas.
c) Mantener informado a
EL CLIENTE de las actuaciones realizadas y de su presencia cuando hubiere
tal urgencia.
d) Actuar en el proceso judicial por etapas en proceso
en primera instancia y por la gestión, acompañamiento o
diligencia judicial o extrajudicial
que se explica en las consideraciones.
CUARTA: VALOR Y FORMA DE PAGO: EL CLIENTE,
pagará por concepto de honorarios la suma de Cuatrocientos Cincuenta
Balboas (B/450.00), cancelados en cuotas
parciales quincenales de Cincuenta Balboas
(B/50.00), por la realización de las actividades contratadas, con
recursos propios o recursos profesionales comerciales. Este arreglo o forma de
pago solo es en la actuación en la Fase de Investigación (Personería Segunda
Municipal del Distrito de Bugaba), en caso de que se remite la el proceso ante
la vía judicial o Juzgado, los Honorarios
aumentarán mil ciento cincuenta.
B/.1150.00). EL CLIENTE REALIZÓ UN ABONO
DE CIEN BALBOAS (B/100.00).
QUINTA: DURACIÓN: El presente contrato tendrá una duración
DEFINIDA, SI EL CLIENTE Y ABOGADO ESTIMEN CONVENIENTE CONTINUAR CON LOS
SERVICIOS PROFESIONALES DEL ABOGADO EN LA ETAPA JUDICIAL (JUZGADO MUNICIPAL), hasta que se cumpla lo términos pactados en el
tiempo, a partir de la fecha de su firma.
DEL CLIENTE
SEXTA: GASTOS INCURRIDOS EN EL PROCESO. EL
CLIENTE pagará en forma anticipada los valores entendidos por concepto de
fotocopias, gastos notariales o cualquier otro tipo de gastos que surgen en el
proceso y las diligencias. En el caso de hacer diligencias relacionadas con el
asunto fuera del país o en el exterior, los gastos, honorarios, viáticos,
hospedaje y alimentación serán pagados o entregados a EL ABOGADO mucho antes de
iniciar el viaje. Todos los gastos, viáticos y honorarios que conllevan la
realización de diligencias judiciales, peritajes, inspecciones judiciales,
pruebas anticipadas, apostillas de documentos en otra ciudad o en el exterior
también serán a cargo de EL CLIENTE.
.SÉPTIMA: EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: Este contrato no
constituye vinculación laboral alguna de EL CLIENTE con EL ABOGADO.
OCTAVA: CLÁUSULA DE INCUMPLIMENTO DE
CONTRATO: En caso de incumplimiento por parte de EL CLIENTE, ello será motivo
suficiente para renunciar como apoderado o abogado asistente o asesor, y en
consecuencia EL CLIENTE pagará a EL ABOGADO la suma equivalente al diez por
ciento (10%) del valor del contrato; valor entendido que podrá hacerse efectivo
mediante UN PROCESO EJECUTIVO JUDICIAL O EN PAGO EN EFECTIVO DE CANCELACIÓN DE
LOS HONORARIOS.
NOVENA: TERMINACIÓNANTICIPADA: La
terminación anticipada de este contrato procede:
a) Por mutuo acuerdo.
b) Por incumplimiento de las obligaciones
pactadas, por una o cualesquiera de las partes contratantes.
c) Por falta de Pago de los Honorarios por
parte del CLIENTE.
DÉCIMA: PERFECCIONAMIENTO:
El presente contrato queda perfeccionado con la
firma de este documento. Es válido lo escrito en el texto. Para constancia se firma
en la ciudad de la REPÚBLICA DE PANAMÁ (Provincia de) Chiriquí (Corregimiento de) La
Concepción .a los ( ) días del mes de
enero del año 2014). A la hora de ( ) Es todo. El Cliente: El Abogado:
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Firma del Abogado Firma
del Cliente
C.I.P……………………. Cédula
de Identidad (C.I.P.) No...............
Número de Idoneidad:.................
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ResponderBorrarEstán usted querer Abogado de Servicios Legales en Madrid? de las mejores opciones Macan.Legal. Brindamos asesoría legal para todo tipo de litigios en Madrid.
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(la lucha contra la pobreza) Buenos días Señor/Señora Le han rechazado en el banco porque su crédito no cumple
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