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jueves, 31 de enero de 2019

MODELO DE INCIDENTE DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO EN LA VIA ADMINISTRATIVA

LICDO LUIS ALBERTO ESPINOSA PINTO
ABOGADO & LAWYER
Barrio Lassonde, Calle l Sur entre la Avenida y Tercera Oeste Entrada principal
de la Feria de David, Provincia de Chiriquí Local No. 1
Correo Electrónico: laep21017@gmail.com
Oficina: 730-3201


INCIDENTE DE PREVIO Y ESPECIAL
PRONUNCIAMIENTO
Prescripción de la Acción        
PROCESO ADMINISTRATIVO DE LANZAMIENTO POR INTRUSO DE ISA IRIS CARRASCO CONTRA BERTA CEDEÑO GUERRA

RESPETADO SEÑOR (A) CORREGIDOR DIURNO DE POLICIA, CORREGIMIENTO DE LA CONCEPCIÓN, DISTRITO DE BUGABA, PROVINCIA DE CHIRIQUÍ E.S.D.:    

Quien firma,  Licenciado LUIS ALBERTO ESPINOSA PINTO, Abogado en ejercicio y apto para ejercer la Profesión de Abogado en todo el Territorio Nacional, con Cédula de Identidad Personal 4-197-491  y con Dirección en el Barrio Lassonde,  Dirección de Local.1 Planta Baja Vía La Feria a un Costado del Taller Madrid Distrito de David, Provincia de Chiriquí lugar donde recibe notificaciones personales y judiciales acudo a su Estrados Administrativos PRESENTAR E INTERPONER INCIDENTE DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE LANZAMIENTO POR INTRUSO DE ISA IRIS CARRASCO  CONTRA BERTA CEDEÑO GUERRA. Este incidente está fundamentado en los siguientes parámetros de Hecho y Derecho:

PARAMETROS DEL INCIDENTE DE HECHOS FUNDAMENTADOS:

PRIMERO: Que la Parte Demandante, Señora ISA IRIS CARRASCO C adquirió su Derecho el 19 de MAYO de 2016 y la Finca 3446 tiene fecha de Inscripción el 14 de enero del 2000.  (Ver Certificación de la Finca 3446, aportada por la parte Demandante)
SEGUNDO: Que mi representante adquirió su derecho por medio de un contrato de compraventa realizado por los anteriores dueños de la Finca 3446, los Señores María Roja (Primera dueña de la Finca 3446), su sobrino  Sebastián Rojas  Segundo Dueño del lote de terreno que pertenece a la Finca 3446 y que es de propiedad de mi Representada la señora de BERTA GUERRA CEDEÑO, desde 1982, hace más 34 años (Ver Contrato PRIVADO de Compraventa  aportado en la Contestación de la Demanda y Recibos de Pagos aportados).

TERCERO: Que la Finca 3446 está registrada desde 1974 y ha tenido como dueños iniciales a la Señora María Rojas (Primera Dueña) al Señor Sebastián Rojas y posteriormente éste a la señora Isabel de Rojas e Hijo Señor César Roja ambos fallecidos,  desde 2001 y ésta (Señora Isabel de Rojas) a su vez aproximadamente a dos meses antes de su fallecimiento,  la Señora Isabel de Rojas traspasó los derechos a la Señora Ilsa Doris Carrasco Caballero aproximadamente en enero de 2014.  

CUARTO: Que en base a los Hechos Primero y Tercero, la Autoridad Competente se profiera en PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO en los siguientes parámetros:

1.       Que el Derecho de Accionar por la parte Demandante señora ISA  IRIS CARRASCO  Prescribió.

2.       Que en base numeral 1 del Hecho Cuarto Niegue lo solicitado por la Parte Demandante, ya que su Derecho de ejercer la acción prescribió.

3.       En base al numeral 2 del Hecho Cuarto Archive el Expediente DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE LANZAMIENTO POR INTRUSO DE ISA IRIS CARRASCO CONTRA BERTA GUERRA CEDEÑO. En base al vacío legal del Artículo 202 de la Ley 38 de 31 de julio de 2000 y en concordancia con el Artículo 1701 del Código Civil de la República de Panamá.  
Por lo anteriormente expuesto, le solicitamos respetuosamente a la Autoridad Administrativa ante que se profiera en PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO, interponga sus buenos oficios para que la realice una INSPEECIÓN OCULAR AL LOTE DE TERRENO DONDE ESTA UBICADA LA RESIDENCIA DE MI REPRESENTADA BERTA DIEZ AGUIRRE, mujer, panameña, mayor de edad, con cédula de identidad personal, (4-129-1123), VIUDA EDUCADORA JUBILADA que reside en la Provincia de Chiriquí, Distrito de Bugaba, Corregimiento de La Concepción, Barrio de Solano, Calle Décima Este, CASA 4154, al lado de abajo del Templo Evangélico para que se determine lo siguiente:

SOLICITUD ESPECIAL: Le solicitamos con el respeto que su Despacho Administrativo se merece que de Oficio gire, mediante un Memorial al Registro Público de David todo lo concerniente a la Finca 3446, Código de Ubicación 4401 junto con el Historial de la Finca para fundamentar probatoriamente el Hecho Tercero de este Incidente de Previo y Especial Pronunciamiento.

1.         Determinar si en la propiedad que ocupa MI REPRESENTADA BERTA GUERRA CEDEÑO, se han construido mejoras, en qué consisten, es decir,  descripción de la misma: Si la construcción es permanente o eventual, tipo de construcción, evaluación de la misma, antigüedad, tipo de materiales utilizados, existencia de servicios básicos de agua, electricidad, teléfonos y a nombre de quien están.
2.         Si el terreno está cercado tipo de cerca y estimación del tiempo de existencia de la misma.
3.         Uso que se le da al predio (si es vivienda, comercial u otro).
4.         Si al terreno se le han efectuado mejoras exteriores tales como rellenos, despedregado u otros.
5.         Determinar quién o quienes residen en el predio o residencia y tiempo que tienen viviendo en el lote de la finca 3446.
6.         Que signos positivos demuestran que mi representada ha mantenido la tenencia, ocupación, posesión con Ánimo de Dueño por más de 33 años el lote de terreno parte de la Finca 3446 y el uso de la misma
7.         Determinar que signos positivos que demuestren que la demandante señora ISA IRIS CARRASCO, ha mantenido la tenencia, ocupación, uso y posesión con Ánimo de Dueña y el tiempo del  lote de terreno parte de la Finca 3446.

PARAMETROS DE DERECHOS FUNDAMENTADOS:


PRIMERO: ARTÍCULOS 107, 108, 109, 110, NUMERAL 6, Y 111 DE LA  LEY 38 DEL 2000 DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO,

SEGUNDO: 597, 598, 599, 602, 976, 1043, 1698, 1701, 1702 DEL CÓDIGO CIVIL DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

De los señores Funcionarios

A fecha de presentación







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LICDO LUIS ALBERTO ESPINOSA PINTO

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