LICDO
LUIS ALBERTO ESPINOSA PINTO
ABOGADO
& LAWYER
Barrio
Lassonde, Calle l Sur entre la Avenida y Tercera Oeste Entrada principal
de
la Feria de David, Provincia de Chiriquí Local No. 1
Correo
Electrónico: laep21017@gmail.com
Oficina:
730-3201
INCIDENTE DE PREVIO Y ESPECIAL
PRONUNCIAMIENTO
Prescripción de la Acción
PROCESO ADMINISTRATIVO
DE LANZAMIENTO POR INTRUSO DE ISA IRIS CARRASCO CONTRA BERTA CEDEÑO GUERRA
RESPETADO SEÑOR (A) CORREGIDOR
DIURNO DE POLICIA, CORREGIMIENTO DE LA CONCEPCIÓN, DISTRITO DE BUGABA,
PROVINCIA DE CHIRIQUÍ E.S.D.:
Quien firma, Licenciado LUIS
ALBERTO ESPINOSA PINTO, Abogado en ejercicio y apto para ejercer la Profesión
de Abogado en todo el Territorio Nacional, con Cédula de Identidad Personal
4-197-491 y con Dirección en el Barrio
Lassonde, Dirección de Local.1 Planta
Baja Vía La Feria a un Costado del Taller Madrid Distrito de David, Provincia
de Chiriquí lugar donde recibe notificaciones personales y judiciales acudo a
su Estrados Administrativos PRESENTAR E INTERPONER INCIDENTE DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO DENTRO
DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE LANZAMIENTO POR INTRUSO DE ISA IRIS CARRASCO CONTRA BERTA
CEDEÑO GUERRA. Este incidente está fundamentado en los siguientes parámetros de
Hecho y Derecho:
PARAMETROS
DEL INCIDENTE DE HECHOS FUNDAMENTADOS:
PRIMERO:
Que la Parte Demandante, Señora ISA IRIS CARRASCO C
adquirió su Derecho el 19 de MAYO de 2016 y la Finca 3446 tiene fecha de
Inscripción el 14 de enero del 2000.
(Ver Certificación de la Finca 3446, aportada por la parte Demandante)
SEGUNDO: Que mi
representante adquirió su derecho por medio de un contrato de compraventa realizado
por los anteriores dueños de la Finca 3446, los Señores María Roja (Primera
dueña de la Finca 3446), su sobrino
Sebastián Rojas Segundo Dueño del
lote de terreno que pertenece a la Finca 3446 y que es de propiedad de mi
Representada la señora de BERTA GUERRA
CEDEÑO, desde 1982, hace más 34 años (Ver Contrato PRIVADO de Compraventa aportado en la Contestación de la Demanda y
Recibos de Pagos aportados).
TERCERO: Que la Finca 3446 está registrada desde 1974 y ha tenido
como dueños iniciales a la Señora María Rojas (Primera Dueña) al Señor
Sebastián Rojas y posteriormente éste a la señora Isabel de Rojas e Hijo Señor
César Roja ambos fallecidos, desde 2001
y ésta (Señora Isabel de Rojas) a su vez aproximadamente a dos meses antes de
su fallecimiento, la Señora Isabel de
Rojas traspasó los derechos a la Señora Ilsa Doris Carrasco Caballero
aproximadamente en enero de 2014.
CUARTO:
Que en base a los Hechos Primero y Tercero, la Autoridad Competente se profiera
en PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO en los siguientes parámetros:
1.
Que el Derecho de
Accionar por la parte Demandante señora ISA
IRIS CARRASCO Prescribió.
2.
Que en base numeral
1 del Hecho Cuarto Niegue lo solicitado por la Parte Demandante, ya que su
Derecho de ejercer la acción prescribió.
3.
En base al numeral
2 del Hecho Cuarto Archive el Expediente DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE LANZAMIENTO
POR INTRUSO DE ISA IRIS CARRASCO CONTRA BERTA GUERRA CEDEÑO. En base al vacío
legal del Artículo 202 de la Ley 38 de 31 de julio de 2000 y en concordancia
con el Artículo 1701 del Código Civil de la República de Panamá.
Por lo anteriormente expuesto, le solicitamos respetuosamente a la
Autoridad Administrativa ante que se profiera en PREVIO Y ESPECIAL
PRONUNCIAMIENTO, interponga sus buenos oficios para que la realice una
INSPEECIÓN OCULAR AL LOTE DE TERRENO DONDE ESTA UBICADA LA RESIDENCIA DE MI
REPRESENTADA BERTA DIEZ AGUIRRE, mujer, panameña,
mayor de edad, con cédula de identidad personal, (4-129-1123), VIUDA EDUCADORA
JUBILADA que reside en la Provincia de Chiriquí, Distrito de Bugaba,
Corregimiento de La Concepción, Barrio de Solano, Calle Décima Este, CASA 4154,
al lado de abajo del Templo Evangélico para que se determine lo siguiente:
SOLICITUD ESPECIAL: Le solicitamos con el respeto que su Despacho
Administrativo se merece que de Oficio gire, mediante un Memorial al Registro
Público de David todo lo concerniente a la Finca 3446, Código de Ubicación 4401
junto con el Historial de la Finca para fundamentar probatoriamente el Hecho
Tercero de este Incidente de Previo y Especial Pronunciamiento.
1. Determinar si en la propiedad que ocupa
MI REPRESENTADA BERTA GUERRA CEDEÑO, se han construido mejoras, en qué
consisten, es decir, descripción de la
misma: Si la construcción es permanente o eventual, tipo de construcción,
evaluación de la misma, antigüedad, tipo de materiales utilizados, existencia
de servicios básicos de agua, electricidad, teléfonos y a nombre de quien
están.
2. Si el terreno está cercado tipo de
cerca y estimación del tiempo de existencia de la misma.
3. Uso
que se le da al predio (si es vivienda, comercial u otro).
4. Si al terreno se le han efectuado
mejoras exteriores tales como rellenos, despedregado u otros.
5. Determinar quién o quienes residen en
el predio o residencia y tiempo que tienen viviendo en el lote de la finca 3446.
6. Que signos positivos demuestran que mi
representada ha mantenido la tenencia, ocupación, posesión con Ánimo de Dueño
por más de 33 años el lote de terreno parte de la Finca 3446 y el uso de la
misma
7. Determinar que signos positivos que
demuestren que la demandante señora ISA IRIS CARRASCO, ha mantenido la tenencia, ocupación, uso y posesión con
Ánimo de Dueña y el tiempo del lote de
terreno parte de la Finca 3446.
PARAMETROS
DE DERECHOS FUNDAMENTADOS:
PRIMERO:
ARTÍCULOS 107, 108, 109, 110, NUMERAL 6, Y 111 DE LA LEY 38 DEL 2000 DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO,
SEGUNDO: 597, 598, 599, 602, 976, 1043, 1698, 1701, 1702 DEL
CÓDIGO CIVIL DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
De los señores Funcionarios
A fecha de presentación
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LICDO LUIS ALBERTO ESPINOSA PINTO
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