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lunes, 2 de noviembre de 2015

Antecedentes Inmediatos de la Seguridad Jurídica

En su nacimiento, la seguridad jurídica comprendía el asegurar la vida, libertad y propiedad de las personas; más adelante se identificó con la interpretación y aplicación uniforme del derecho; en época más reciente se entendió como destinada a proteger la inversión extranjera; y hoy no solo abarca las concepciones anteriores, sino también los derechos fundamentales y otros preceptuados en nuestra Carta Magna y compendio de leyes.

A.         Naturaleza Legal de la Seguridad Jurídica.

            La seguridad jurídica es una condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que la integran. Es por ello que la naturaleza legal de la seguridad jurídica lo  representa la garantía de la aplicación objetiva de la ley, es así que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, la torpeza o la mala voluntad de los gobernantes puedan causarles perjuicio. A su vez, la seguridad limita y determina las facultades y los deberes de los Poderes Públicos.
La base fundamental del Estado de Derecho, es la seguridad jurídica, el concepto que todos somos iguales ante la ley, que vivimos bajo un gobierno regido por las leyes y no sujeto a las arbitrariedades de los hombres y mujeres en los cargos clave del gobierno de turno De por sí se debe partir por la premisa que en solo los Estados de Derecho se logra la seguridad jurídica aunque esto en la práctica se ve empañada por nuestros gobernantes en nuestros países, aun estando en un Estado de Derecho. Esto crea una imagen deteriorada del país.

B.         Importancia de la Seguridad Jurídica.

En toda decisión judicial, una de las partes celebra porque la sentencia es a su favor y  la otra lamenta,  no obstante,  el tribunal no puede estar de acuerdo con ambas partes, lo importante es que el veredicto esté apegado a la ley y se haya seguido el camino correcto para llegar a él. Y dada la importancia de esto, las decisiones judiciales se deben de tomar como ley y de obligatorio cumplimiento sea esta decisión favorable o desfavorable o en muchos casos justa o injusta. Es por esta razón que la seguridad jurídica adquiere su importancia, debido a que da a la sociedad paz y armonía.

El derecho no puede ser abandonado a la diversidad de opiniones de los individuos pues por encima de todo tiene que existir un orden y como consecuencia de ello surge la exigencia en la vida del derecho de lo que se llama “seguridad jurídica”. La seguridad jurídica exige la positividad del derecho; si no se puede establecer lo que es justo, hay que establecer lo que es jurídico. Por ello, toda figura jurídica que siembre o instaure inseguridad en el derecho debe ser rechazada puesto que el valor de la justicia sería inalcanzable ya que, mal puede construirse sobre los cimientos de la inseguridad jurídica.

C.         Dimensión o Alcance de la Seguridad Jurídica.

            La dimensión o alcance de la seguridad jurídica se puede obtener a partir de su definición que  es la certeza, confianza y estabilidad armónica de que en un país donde hay leyes es seguro que éstas se respetarán y aplicarán en el presente las normativas y las leyes. Es decir, que la seguridad jurídica es un principio del Derecho, universalmente reconocido, que se basa en la «certeza del derecho», tanto en el ámbito de su publicidad como en su aplicación, y que significa la seguridad de que se conoce, o puede conocerse, lo previsto como prohibido, ordenado o permitido por el poder público y más que todo su alcance a los actos administrativos. Por tanto, el autor Sánchez-Seco manifiesta que “la seguridad supone la creación de un ámbito de certeza que permita saber a qué atenerse, que contribuya con diferentes procedimientos y reglas a la eliminación del miedo, y también al establecimiento de la confianza necesaria en las relaciones sociales, colaborando de este modo en el fortalecimiento de la LIBERTAD, que es el fundamento directo de los DERECHOS FUNDAMENTALES1
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1  Sánchez-Seco Fernando Centenera. Diccionario lberoamericano de los Derechos Humanos. Universidad de Alcalá. Fecha de publicación: 01/07/2011.

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